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Condiciones generales de venta

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ARTÍCULO 1: ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las presentes condiciones generales de venta se aplican a todos los contratos de venta celebrados por la empresa MODEC con clientes profesionales en relación con los productos fabricados y comercializados por la empresa MODEC. Constituyen la base de la negociación comercial y se envían o entregan sistemáticamente a cada cliente para permitirle realizar un pedido.

En ningún caso los documentos comerciales o técnicos podrán ser considerados contractuales.
En consecuencia, salvo acuerdo particular, el hecho de realizar un pedido implica la adhesión plena y sin reservas del cliente a las presentes condiciones generales de venta, reparación y formación, con exclusión de cualquier otro documento, como folletos, catálogos y tarifas, emitidos por la empresa MODEC, los cuales solo tienen un valor indicativo y son revisables en cualquier momento.

Ninguna condición particular podrá, salvo aceptación formal y por escrito de la empresa MODEC, prevalecer sobre las condiciones generales. Cualquier condición contraria propuesta por el cliente será, por lo tanto, a falta de aceptación expresa, inoponible a la empresa MODEC, independientemente del momento en que haya podido ser puesta en su conocimiento. El hecho de que la empresa MODEC no invoque en un momento dado cualquiera de las presentes condiciones generales no podrá interpretarse como una renuncia a invocarlas posteriormente.

Los compromisos adquiridos por nuestros representantes, agentes u otros delegados solo serán válidos bajo reserva de confirmaciones por escrito debidamente firmadas emitidas por nuestra empresa. Nuestras condiciones generales se aplican tanto a los suministros realizados en nuestro nombre y por nuestra cuenta como a los realizados por nosotros mismos y por nuestra cuenta o en nombre y por cuenta de terceros.

ARTÍCULO 2 – DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS OFRECIDOS POR LA EMPRESA MODEC

Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto definir las condiciones en las que la empresa MODEC comercializa los productos que fabrica, tales como motores neumáticos y actuadores rotativos portátiles y sus accesorios, en lo sucesivo denominados "Bienes". Se trata de una gama de productos estándar, sin perjuicio de adaptaciones accesorias o solicitudes específicas.

ARTÍCULO 3 – INFORMACIÓN PREVIA Y DEBER DE ASESORAMIENTO

La empresa MODEC está sujeta a una obligación de información previa y a un deber de asesoramiento. Con anterioridad a la formación del contrato, las Partes han intercambiado información sobre las características de los Bienes vendidos y sus funcionalidades. El cliente reconoce haber recibido de la empresa MODEC toda la información necesaria, tal como la descripción técnica de los Bienes (características, recomendaciones de uso, cuidado y mantenimiento, etc.), así como las presentes condiciones generales, para poder evaluar la adecuación de los Bienes o servicios a sus necesidades, así como tomar todas las precauciones necesarias para su uso, mantenimiento y cuidado. La empresa MODEC se asegura de la conformidad del Bien con las expectativas del cliente.

Para ello, el cliente enviará a la empresa MODEC por vía electrónica, o por cualquier otro medio, los elementos o un pliego de condiciones que permitan detallar e identificar su solicitud o solicitudes. La empresa MODEC procede a la verificación y análisis de las necesidades del cliente y, a continuación, envía un presupuesto acompañado de toda la documentación que describe las características de los Bienes propuestos y sus funcionalidades. Corresponderá entonces al cliente verificar que el Bien o servicio responde a sus necesidades y expectativas.

El cliente está obligado a participar en la identificación de sus necesidades y es el único responsable de los errores u omisiones cometidos a este respecto, en la medida en que ha sido informado y asesorado. Si las necesidades del cliente evolucionan, deberá ponerlo en conocimiento de la empresa MODEC. A falta de información suficiente proporcionada por el cliente, la empresa MODEC no podrá ser considerada responsable en caso de inadecuación del bien a las expectativas de este último.

ARTÍCULO 4: FORMACIÓN DEL CONTRATO

Artículo 4.1: Pedido

El proceso de formación del contrato se materializa mediante la emisión de un orden de compra por parte del comprador dirigido a la empresa MODEC, por correo electrónico, fax o correo postal. Para ser válido, el pedido debe especificar, en particular, la referencia de los Bienes, su designación, la cantidad, el precio acordado, el número de pedido emitido por el comprador, así como la dirección de entrega y/o facturación. Mediante la firma de la orden de compra, el comprador acepta que el contrato esté sometido a las presentes condiciones generales, reconoce tener perfecto conocimiento de las mismas y renuncia a acogerse a sus propias condiciones de compra.

El contrato no se considerará celebrado hasta que la empresa MODEC envíe un acuse de recibo del pedido, por correo electrónico o cualquier otro medio, acompañado de un nuevo envío de las presentes condiciones generales. En el acuse de recibo del pedido figurará, en particular, el número de referencia del pedido asignado por la empresa MODEC, las modalidades de entrega, incluido el plazo indicativo de envío, así como cualquier disposición particular que derogue las presentes condiciones generales, y, eventualmente, la indicación de dificultades o reservas planteadas por el pedido.

Artículo 4.2: Modificación del pedido

La empresa MODEC se reserva el derecho de no aceptar cancelaciones o modificaciones posteriores de los pedidos.

ARTÍCULO 5: PRECIO

Artículo 5.1: Importe

Los Bienes y servicios se suministran a los precios vigentes en el momento de la realización del pedido.
Salvo disposición en contrario, cualquier gasto accesorio que pueda gravar el precio del pedido, como por ejemplo un aumento de los costes de transporte, de los costes de materias primas, tasas o impuestos ocurridos tras la aceptación del pedido, se repercutirá al comprador. Estos precios se entienden sin IVA en Francia y exentos de cualquier impuesto, derecho, tasa u otras contribuciones fuera de Francia.

A menos que las condiciones particulares prevean una moneda de cuenta de facturación y pago distinta del Euro, los precios se establecen en Euros. Esta última moneda se utilizará también para la facturación y los pagos, quedando excluida cualquier indexación a una moneda extranjera.

Se podrán aplicar condiciones tarifarias particulares en función de las especificidades solicitadas por el cliente en relación, en particular, con la moneda, las modalidades y plazos de entrega, o bien los plazos y modalidades de pago. Estas serán objeto de un acuerdo particular establecido entre las Partes.

Artículo 5.2: Modalidades de pago

Una factura, emitida para cada entrega o ejecución de prestación y entregada en el momento de la misma, menciona las modalidades de pago.

Salvo pacto en contrario, los pagos deben realizarse exclusivamente en Euros, tal como se estipulará en las facturas, con exclusión de cualquier indexación a una moneda extranjera. El precio es pagadero en su totalidad y en un solo pago dentro de un plazo de treinta días a contar desde la fecha de emisión de la factura, salvo indicación contraria estipulada en la factura.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria dirigida a la cuenta bancaria estipulada en la factura.

Los pagos realizados por el cliente solo se considerarán definitivos tras el cobro efectivo de las sumas adeudadas por parte de la empresa MODEC.

Artículo 5.3: Retraso e impago


Artículo 5.3.1: Retraso en el pago

Cualquier cantidad no pagada al vencimiento que figure en la factura conlleva de pleno derecho, desde el día siguiente a la fecha de pago indicada en dicha factura y sin necesidad de ninguna formalidad previa, la aplicación de penalizaciones por retraso de un importe igual a tres veces el tipo de interés legal, así como una indemnización a tanto alzado por gastos de cobro de un importe de 40 € de conformidad con el artículo L.441-10 del Código de Comercio francés.

En caso de que los gastos de cobro incurridos sean superiores a este importe a tanto alzado, nos reservamos el derecho de solicitar una indemnización complementaria previa justificación. El impago al vencimiento conlleva, además, de pleno derecho, el vencimiento anticipado de todas las cantidades adeudadas por el cliente a la empresa MODEC en virtud de todos los contratos en curso. En caso de retraso en el pago, la empresa MODEC estará facultada para suspender todos los pedidos en curso, sin perjuicio de cualquier otra vía de acción. La existencia de un litigio no puede en ningún caso justificar el impago del vencimiento.

Artículo 5.3.2: Impago

En caso de impago, quince días después de un requerimiento que haya resultado infructuoso, el contrato se resolverá de pleno derecho de conformidad con las disposiciones del artículo 16-1 a continuación.

ARTÍCULO 6: ENTREGA - ENVÍOS

Artículo 6.1: Modalidades

Cada entrega va acompañada de un albarán de entrega que detalla los Bienes entregados o reparados.
Salvo pacto en contrario, la entrega se realiza:

  • Para las entregas en Francia: EN FÁBRICA (DEPART USINE) Beaumont-les-Valence para las máquinas y las piezas de repuesto
  • Para las entregas fuera de Francia: EX-WORKS Beaumont-les-Valence en el sentido de los Incoterms 2020.

Es el cliente quien elige el modo de transporte, el transportista y quien lo paga. El cliente se compromete a retirar la entrega dentro de los 5 días hábiles siguientes al aviso de puesta a disposición.
Expirado este plazo, la empresa MODEC podrá considerar que el pedido ha sido cancelado y la venta unilateralmente resuelta por el cliente; o podrá facturar gastos de almacenamiento.

Artículo 6.2: Plazos de puesta a disposición o de envío de los Bienes

El plazo de puesta a disposición (para las entregas "En fábrica" o "Ex-Works") o de envío (en los casos en que se utilicen otros INCOTERMS) de los Bienes se indica en el acuse de recibo emitido por la empresa MODEC.
Los plazos de envío se mencionan a título indicativo. La empresa MODEC pone su mayor empeño en enviar los Bienes dentro de los plazos previstos.

Ningún retraso podrá dar lugar a la cancelación o resolución del pedido por parte del comprador, a un aplazamiento de los pagos más allá de los vencimientos previstos, ni a la modificación del pedido o al pago de indemnizaciones o penalizaciones de cualquier naturaleza.

Los envíos se realizan únicamente en función de las disponibilidades y en el orden de llegada de los pedidos. La empresa MODEC está autorizada a realizar envíos de forma global o parcial.
En cualquier caso, la empresa MODEC tiene derecho a suspender cualquier envío dentro de los plazos si el comprador no está al corriente de sus obligaciones con ella, cualquiera que sea la causa.

Artículo 6.3: Transporte - Riesgos

Los productos se entregan en el lugar acordado.

Los Bienes viajan por cuenta y riesgo del cliente, a quien corresponde, en caso de daños o faltas, realizar todas las constataciones necesarias y confirmar sus reservas mediante acto extrajudicial o por carta certificada con acuse de recibo ante el transportista dentro de los tres días, sin incluir los días festivos, siguientes a la recepción de las mercancías. Una fotocopia de esta carta que recoja la lista de artículos defectuosos debe enviarse simultáneamente a MODEC antes de cualquier uso, transformación o reventa.

Los Bienes viajan por cuenta y riesgo de la empresa MODEC únicamente cuando las entregas se realizan en aplicación de los Incoterms que así lo prevean (en particular DAP), los cuales se especificarán expresamente en el acuse de recibo emitido por la empresa MODEC.

Artículo 6.4: Recepción y conformidad

Sin perjuicio de las medidas a tomar frente al transportista, el número y el estado de las mercancías deben ser imperativamente verificados en la entrega en presencia del transportista. Las eventuales reclamaciones sobre los vicios aparentes o sobre la no conformidad de los Bienes entregados con los Bienes pedidos o con el albarán de envío deberán ser formuladas por escrito por el cliente en el albarán de entrega y ponerse en conocimiento de la empresa MODEC por correo electrónico dentro de los cinco días hábiles, sin incluir los días festivos, siguientes a la recepción de las mercancías.

En su defecto, se considerará de forma irrefutable que las mercancías son conformes en cantidad y calidad con el orden de compra.
Corresponderá al cliente probar, mediante cualquier documento justificativo, la realidad de los vicios aparentes, faltas, no conformidades o anomalías constatadas. Deberá facilitar a la empresa MODEC todas las facilidades para proceder a la constatación de estos vicios y ponerles remedio. Se abstendrá de intervenir él mismo o de hacer intervenir a un tercero a tal fin.
Las no conformidades y faltas demostradas serán, a elección de la empresa MODEC, reembolsadas o sustituidas a la mayor brevedad.

En cualquier caso, la existencia de no conformidad o de faltas no dará derecho al cliente a la cancelación del pedido ni a la concesión de daños y perjuicios.

Artículo 6.5: Devoluciones

Le cliente deberá obtener el acuerdo formal de la empresa MODEC antes de cualquier devolución de mercancía a la empresa MODEC. La empresa MODEC no se hará cargo de los costes generados, para ella o para el cliente, por dicha devolución.

ARTÍCULO 7: RESERVA DE PROPIEDAD

La transmisión de la propiedad de los Bienes vendidos se efectúa a partir del pago del precio fijado. Los Bienes vendidos por la empresa MODEC siguen siendo de su propiedad hasta el pago completo del precio.

Durante el periodo anterior a la transmisión de la propiedad, el comprador soporta la carga de los riesgos y daños que los materiales vendidos pudieran sufrir o causar por cualquier causa. Se asegurará de que la identificación de los materiales sea siempre posible. Los materiales en stock se presumen impagados.

La empresa MODEC podrá recuperar la posesión de los Bienes vendidos en caso de impago. Asimismo, hasta el pago completo del precio, el comprador se compromete a mantener estos Bienes individualizados y se prohíbe transformarlos o incorporarlos a otro bien si los Bienes vendidos por la empresa MODEC no pueden separarse sin sufrir daños. Asimismo, se prohíbe revenderlos, desplazarlos y, más generalmente, disponer de ellos de cualquier modo sin el acuerdo previo y expreso de la empresa MODEC.

ARTÍCULO 8: GARANTÍAS

Artículo 8.1: Garantía legal

De conformidad con los artículos 1641 y siguientes del Código Civil francés, la empresa MODEC garantiza los Bienes vendidos contra vicios ocultos, definidos como los defectos de una cosa que la hacen impropia para el uso al que está destinada, o que disminuyen tanto este uso que el comprador no la habría adquirido o habría dado un precio menor si los hubiera conocido.

Esta garantía tiene por objeto remediar cualquier defecto de funcionamiento existente con anterioridad a la venta pero aparecido con posterioridad a la misma.
Corresponderá al cliente aportar cualquier justificación sobre la realidad de los vicios ocultos constatados y, en particular, sobre la realidad y existencia de los vicios constatados con anterioridad a la venta.

Deberá facilitar a la empresa MODEC todas las facilidades para proceder a la constatación de estos vicios.
La empresa se reserva el derecho de proceder directamente o por mediación de un representante, a cualquier constatación y verificación sobre el terreno.

En cualquier caso, la empresa MODEC solo asumirá la responsabilidad bajo la garantía de vicios ocultos en las condiciones anteriormente definidas si el comprador ha realizado un transporte y un uso normal de los Bienes, no los ha modificado de ninguna manera y los ha almacenado, conservado y manipulado con el fin de asegurar su mantenimiento en buen estado de conservación.

En virtud de la presente garantía, la única obligación que incumbe a la empresa MODEC será, a su elección, bien la reparación o sustitución del producto, bien el reembolso del precio abonado por el comprador.
Las intervenciones en virtud de la presente garantía no tendrán por efecto prolongar la duración de la misma.

Artículo 8.2: Garantía convencional sobre los Bienes comercializados


Artículo 8.2.1: Alcance

La empresa MODEC garantiza los Bienes contra todo defecto de fabricación y de material, bajo reserva de un uso conforme a la documentación y a las instrucciones proporcionadas.

Artículo 8.2.2: Modalidades

Cuando el comprador desee aplicar la garantía contractual, estará obligado a transmitir previamente a la empresa MODEC una descripción detallada de la avería constatada y el certificado de garantía. Cualquier devolución de piezas debe ser objeto de un acuerdo previo y por escrito de la empresa MODEC, la cual asignará un número de devolución denominado "Ticket". Cualquier producto devuelto sin este acuerdo se mantendrá a disposición del comprador y no dará lugar a la emisión de una nota de crédito, ni la empresa MODEC concederá ningún reembolso o sustitución de los Bienes.

El comprador no podrá imponer unilateralmente ninguna deducción automática de la factura debido a un retraso en la entrega o a Bienes no conformes. Las mercancías devueltas irán acompañadas de un albarán de devolución que se fijará en el paquete, en el que constará de forma visible el número de devolución, y deberán estar en su estado original. El comprador no podrá en ningún caso reclamar indemnización alguna por inmovilización debido a la aplicación de la garantía.

La empresa MODEC elegirá bien sustituir, bien reparar todas las piezas reconocidas como defectuosas por sus servicios.
La empresa MODEC no garantiza que el producto esté exento de anomalías y que su funcionamiento sea ininterrumpido. En consecuencia, se recuerda al comprador que le corresponde tomar todas las medidas para establecer los planes de contingencia adecuados y adoptará cualquier medida apropiada para minimizar las consecuencias dañosas relacionadas, en particular, con una posible interrupción de la actividad generada por el producto debido a su uso.

Artículo 8.2.3: Precio - Riesgos

Los riesgos y todos los gastos de devolución de cualquier naturaleza correrán a cargo del cliente.

Artículo 8.2.4: Duración

La presente garantía se concede por un periodo de 12 meses.
Este plazo comenzará a correr a partir de la fecha de entrega prevista en el artículo 6 de las presentes condiciones generales.

Artículo 8.2.5: Garantía de los componentes no fabricados por la empresa MODEC

Las condiciones de garantía de los componentes no fabricados por la empresa MODEC y la duración de la garantía se definen en función de cada producto y corresponden a lo concedido por el fabricante, tal como se indicará en la propuesta comercial, en el acuse de recibo del pedido y, en su caso, en los documentos comerciales. Esta garantía solo podrá aplicarse si el Bien se utiliza con consumibles MODEC.

Artículo 8.3: Garantía convencional sobre las reparaciones y las piezas sustituidas


Artículo 8.3.1: Alcance

Las reparaciones y las piezas sustituidas están garantizadas durante un periodo de 3 meses a partir de la fecha de facturación.

Artículo 8.3.2: Precio - Riesgos

Los riesgos y todos los gastos de devolución de cualquier naturaleza correrán a cargo del cliente.

Artículo 8.4: Exclusiones

La presente garantía no se aplica a los clientes que ejerzan la misma especialidad que la empresa MODEC.
La presente garantía tampoco se aplica a los daños que no sean directa y exclusivamente imputables a la empresa MODEC y, en particular, en caso de:

  • vicios aparentes no denunciados en las condiciones antes mencionadas,
  • defectos y deterioros provocados por el desgaste natural, el desgaste normal o los derivados de un uso no conforme o inusual de las mercancías vendidas,
  • piezas y elementos consumibles fuera de servicio por un desgaste normal derivado, en particular, de una duración de uso normal de ocho horas por día laborable,
  • cualquier negligencia, falta de mantenimiento, falta de supervisión, falta de uso y cualquier uso no conforme a las prescripciones y/o condiciones de uso documentadas,
  • averías debidas a un mal uso o a un mantenimiento defectuoso,
  • degradaciones debidas a cualquier catástrofe natural y a cualquier accidente cuya causa sea ajena al material utilizado,
  • incendios, daños por agua, huelgas, usos anormales del producto o modificaciones del producto no previstas ni especificadas por la empresa,
  • piezas que hayan sido sustituidas por el cliente por piezas de otro origen que las montadas por la empresa MODEC,
  • Bien que haya sido desmontado fuera de la presencia de la empresa MODEC,
  • una intervención técnica realizada por el propio cliente o por un tercero no autorizado por la empresa,
  • el suministro por parte de la empresa MODEC de un material equivalente durante el periodo de inmovilización,
  • las reparaciones efectuadas por la empresa MODEC cuando determinadas piezas cuya sustitución o reparación complementaria haya sido considerada necesaria por la empresa MODEC hayan sido rechazadas por el cliente.

Las garantías convencionales cesan automáticamente si el comprador no ha cumplido sus obligaciones contractuales en materia de pago.

Artículo 8.5: Limitación

En el supuesto de que se exigiera la responsabilidad contractual de la empresa MODEC, esta se limitará al importe debido o pagado por el cliente a la empresa MODEC en virtud del acuerdo correspondiente que dio origen al daño o daños. Se considera que esta suma repara todos los perjuicios sufridos por el cliente, cualquiera que sea su naturaleza, materiales o inmateriales.

Tratándose específicamente del bien entregado para ser reparado, incluso fuera de la garantía contractual, la responsabilidad de la empresa MODEC se limita a la restitución en estado de dicho bien o a su sustitución.

ARTÍCULO 9: USO - MANTENIMIENTO

El cliente se compromete a utilizar y mantener los Bienes de conformidad con las recomendaciones de la empresa MODEC y con las indicaciones de los documentos de uso.

ARTÍCULO 10: MODIFICATIONS TÉCNICAS

La empresa MODEC puede en cualquier momento aplicar a sus modelos los perfeccionamientos y modificaciones que considere útiles. En consecuencia, las designaciones y características de las máquinas indicadas en nuestras propuestas deben ser las únicas consideradas válidas. Cualquier otro documento se facilita únicamente a título indicativo.

ARTÍCULO 11: SUBCONTRATACIÓN

El cliente acepta expresamente que el prestador subcontrate la totalidad o parte de los trabajos que está obligado a realizar a una empresa subcontratista que actúe bajo la responsabilidad de este último, precisándose que la identidad del subcontratista, así como la naturaleza de los trabajos y las modalidades de pago acordadas, se comunicarán al cliente a efectos de aprobación, en el marco de las condiciones particulares.

En este caso, un contrato de subcontratación fija los derechos y obligaciones de ambas partes, el cual se entregará al cliente si este lo solicita.

ARTÍCULO 12: APLICACIÓN DEL RÉGIMEN LEGAL DE LA IMPREVISIÓN

En caso de cambio de circunstancias imprevisibles en el momento de la celebración del contrato, de conformidad con las disposiciones del artículo 1195 del Código Civil francés, la Parte que no haya aceptado asumir un riesgo de ejecución excesivamente oneroso podrá solicitar una renegociación del contrato a su cocontratante.

Las negociaciones no podrán exceder de tres meses, plazo tras el cual la parte que haya solicitado la renegociación podrá recurrir al juez para que revise el contrato o le ponga fin en la fecha y condiciones que este fije.

ARTÍCULO 13: SEGURO

Las Partes se comprometen a suscribir respectivamente una póliza de seguro que garantice su responsabilidad civil profesional para todas las actividades y obligaciones derivadas de las presentes condiciones generales.

Las Partes se comprometen a mantener esta póliza durante todo el periodo de ejecución de los contratos celebrados en el marco de las presentes condiciones generales y a aportar la prueba de ello a petición de la otra parte, facilitándole un certificado de sus aseguradores en el que se enumeren las garantías suscritas, su importe y su periodo de validez.

Cualquier modificación, suspensión, resolución o rescisión de esta póliza de seguro, por cualquier causa, deberá ser comunicada a la otra parte a la mayor brevedad.

ARTÍCULO 14 – BUENA FE Y LEALTAD

Las Partes se comprometen a comportarse siempre entre sí como socios leales y de buena fe, y en particular: a ejecutar las obligaciones derivadas del Contrato de buena fe; a poner sin demora en conocimiento de la otra Parte cualquier litigio o dificultad que pudiera encontrar en el marco de la ejecución del presente Contrato o de sus relaciones con sus clientes.

ARTÍCULO 15: FUERZA MAYOR

Las Partes no podrán ser consideradas responsables si el incumplimiento o el retraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones descritas en las presentes deriva de un caso de fuerza mayor, en el sentido del artículo 1218 del Código Civil francés.

Por acuerdo expreso, constituyen en particular un caso de fuerza mayor: incendio, inundación, daños por agua, tormenta, huracán, terremoto, guerra, insurrección, huelga (total o parcial), explosión, epidemia, cuarentenas, pandemia, bloqueo de carreteras, sabotaje, deslizamiento de tierras, corte de electricidad, sequía, heladas, crisis económica, atentados, decisiones gubernamentales, acciones judiciales.

La Parte que constate el evento deberá informar sin demora a la otra Parte de su imposibilidad de ejecutar su prestación y justificárselo. La suspensión de las obligaciones no podrá ser en ningún caso causa de responsabilidad por el incumplimiento de la obligación en cuestión, ni inducirá al pago de daños y perjuicios o penalizaciones por retraso.
El cumplimiento de la obligación se suspende durante todo el periodo de la fuerza mayor si esta es temporal y no supera un mes.

Por lo tanto, en cuanto desaparezca la causa de la suspensión de sus obligaciones recíprocas, las Partes harán todos los esfuerzos posibles para reanudar lo antes posible el cumplimiento normal de sus obligaciones contractuales. A tal efecto, la Parte impedida notificará a la otra la reanudación de su obligación mediante carta certificada con acuse de recibo o cualquier acto extrajudicial. Si el impedimento es definitivo o supera los dos meses, las presentes se resolverán pura y simplemente según las modalidades definidas en el artículo 16-2 de las presentes condiciones generales.

ARTÍCULO 16: RESOLUCIÓN

Artículo 16-1 - Cláusula resolutoria y resolución unilateral

De conformidad con las disposiciones del artículo 1225 del Código Civil francés, el contrato se resolverá de pleno derecho (es decir, sin recurso al juez) en caso de incumplimiento por una de las partes de las obligaciones a su cargo por el presente contrato detalladas a continuación:

  • Obligaciones de la empresa MODEC: obligación de entrega de los Bienes y de las prestaciones de servicio, obligación de buena fe y lealtad; obligación de confidencialidad; obligación de conformidad; obligación de información previa y deber de asesoramiento;
  • Obligaciones del cliente: obligación de pago de los Bienes y de las prestaciones de servicio, obligación de buena fe y lealtad; obligación de confidencialidad; obligación de conformidad;

Esta resolución se producirá tras un requerimiento dirigido por el acreedor de la obligación incumplida a la parte deudora, mediante carta certificada con acuse de recibo, que haya resultado infructuoso durante un plazo de quince días tras su recepción.

Este requerimiento mencionará expresamente la presente cláusula resolutoria.
La resolución se operará sin perjuicio del derecho de la parte perjudicada a reclamar daños y perjuicios en virtud de las presentes.

Fuera de los casos contemplados anteriormente, las Partes conservan la posibilidad de resolver unilatetalmente el contrato en las condiciones fijadas en el artículo 1226 del Código Civil francés. La resolución pondrá fin a todos los pedidos en curso.

Artículo 16-2 - Resolución por fuerza mayor

La resolución de pleno derecho por fuerza mayor solo podrá tener lugar, no obstante la Cláusula resolutoria y resolución unilateral que figura anteriormente en el artículo 16-1, dos meses después de la recepción de un requerimiento notificado mediante carta certificada con acuse de recibo o cualquier acto extrajudicial. Este requerimiento deberá mencionar la intención de aplicar la presente cláusula.

ARTÍCULO 17: CONSECUENCIAS DE LA RESOLUCIÓN

En la medida en que las prestaciones intercambiadas solo pueden encontrar su utilidad mediante la ejecución completa del contrato resuelto, las partes deben restituir la totalidad de lo que se hubieran entregado mutuamente.

ARTÍCULO 18 - PROTECCIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL


ARTÍCULO 18-1 – FINES Y MODALIDADES DEL TRATAMIENTO

En el marco de sus relaciones contractuales y para el buen cumplimiento de las mismas, la empresa MODEC procederá a la recogida y tratamiento de los datos de carácter personal del cliente de conformidad con el Reglamento UE n°2016/679 de 27 de abril de 2016 y la Ley n° 78-17 de 6 de enero de 1978, denominada "Informática y Libertades". La falta de comunicación de esta información impedirá la celebración de cualquier contrato. El Cliente consiente expresamente la recogida y el tratamiento de sus datos de carácter personal por parte de la empresa MODEC.

La recogida y el tratamiento de los datos de carácter personal del Cliente tienen por objeto la celebración y ejecución de los contratos celebrados en el marco del presente contrato marco, el cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias derivadas del mismo, así como la consecución de los intereses legítimos de la empresa MODEC (prospección, animación y gestión de la relación con sus clientes y clientes potenciales). La empresa MODEC conservará los datos de carácter personal recogidos en este marco durante la duración de las relaciones comerciales derivadas del mismo, incrementada en los plazos de prescripción aplicables.
Los datos recogidos serán tratados exclusivamente por la empresa MODEC, sus empleados y sus colaboradores.

Se adoptan todas las medidas útiles para preservar la seguridad, la confidencialidad y la integridad de los datos recogidos y evitar cualquier uso indebido de los mismos.

El cliente garantiza la aceptación por parte de sus empleados de la recogida y tratamiento de sus datos en las condiciones descritas anteriormente.

ARTÍCULO 18-2 – LOS DERECHOS DE LOS INTERESADOS

Las personas físicas afectadas por la protección de sus datos de carácter personal disponen del derecho a solicitar el acceso, la rectificación, la supresión y la portabilidad de los datos de carácter personal que les conciernen, así como del derecho a solicitar la limitación o a oponerse al tratamiento al que se someten dichos datos. Asimismo, disponen del derecho a presentar una reclamación ante la CNIL.

Por último, estas mismas personas disponen del derecho a definir las directrices relativas al destino de estos datos de carácter personal después de su fallecimiento. Estos derechos pueden ejercerse escribiendo a la empresa MODEC en la siguiente dirección: 80, allée René Higonnet – Z.I. Sirius Quatre – 26760 Beaumont-lès-Valence, o enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected].

ARTÍCULO 19: SERVICIO AL CLIENTE

Para cualquier pregunta o dificultad, ya se trate de una solicitud de asistencia o de una cuestión relativa a los pedidos, el cliente puede dirigir sus reclamaciones a la siguiente dirección: [email protected] o ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente por teléfono en el +33 (0)4 75 40 27 15.

ARTÍCULO 20: CONFIDENCIALIDAD

Las partes se comprometen a una estricta obligación de confidencialidad. Se comprometen a no reproducir ni divulgar a terceros los secretos, el saber hacer, los documentos o cualquier otra información (datos comerciales, técnicos, cualquier información confidencial relacionada con la fabricación de los Productos, etc.), de cualquier naturaleza, comunicados en el marco de la negociación y para la ejecución de los contratos derivados de las presentes condiciones generales, y a adoptar todas las medidas necesarias para evitar dicha divulgación. Asimismo, se comprometen a no explotar personalmente la información antes mencionada para actividad alguna.

Cada parte garantiza el cumplimiento de esta obligación por parte de todo su personal y de sus subcontratistas.
Esta obligación perdura no solo durante todo el periodo de ejecución del contrato derivado de las condiciones generales, sino también durante los veinticinco años siguientes a su terminación, cualquiera que sea la causa.
No obstante, el cliente autoriza a la empresa MODEC a citar al cliente en sus listas de referencias.

ARTÍCULO 21: PROPIEDAD INTELECTUELLE

Los soportes escritos de formación entregados al alumno o alumnos integran los métodos pedagógicos específicamente desarrollados por la empresa MODEC. El contenido de estos soportes sigue siendo propiedad de la empresa MODEC. El cliente y el alumno o alumnos que asistan a las formaciones se prohíben, respecto a la totalidad o parte de estos soportes, cualquier reproducción o reutilización con fines de formación de terceros internos o externos, bajo cualquier modalidad, salvo autorización por escrito de la empresa MODEC.
Queda prohibido cualquier uso de la marca, nombre o logotipo MODEC sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la misma; su posible rechazo no tendrá que ser motivado.

ARTÍCULO 22: CLÁUSULA DE LITIGIOS

CUALQUIER LITIGIO QUE PUEDA SURGIR ENTRE LAS PARTES EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN, VALIDEZ, INTERPRETACIÓN, EJECUCIÓN O RESOLUCIÓN DE LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES CONTRACTUALLES Y DE LOS CONTRATOS POSTERIORES SE SOMETERÁ AL DERECHO FRANCÉS Y SERÁ COMPETENCIA DEL TRIBUNAL DEL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD MODEC, ELLO NOSTANTE CUALQUIER CLÁUSULA EN CONTRARIO FIGURADA EN LOS DOCUMENTOS INTERCAMBIADOS ENTRE LAS PARTES.

En caso de redacción de las presentes condiciones generales en varias lenguas o si es objeto de cualquier traducción, solo la versión francesa será vinculante para las partes.

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